Acceso al agua potable o Carta del agua.





Acceso al agua potable  o Carta del agua.
31/08/2015 - 00:00:00

IV CONCLAVE MÉDICO BRASIL-ARGENTINA


CARTA DA ÁGUA

Os integrantes do I Congresso Sul-Americano das Academias de Medicina Argentina, Brasil, Chile, Paraguai e Uruguai e do IV Conclave Médico Brasil-Argentina, reunidos nos dias 18 e 19 de junho de 2015, na seda da Academia Nacional de Medicina em conjunto com a Academia de Medicina do Estado do Rio de Janeiro, vêm expor motivos e, ao final, apresentar propostas e sugestões para equacionamento de "O Desafio da Oferta de Água Potável no Século XXI?.

Considerando que a água é essencial à vida humana, e o destino da humanidade está vinculado à água;

Considerando que o acesso à água é um direito fundamental da pessoa humana e que constitui um desafio e compromisso ético e de solidariedade de todos os governos e da sociedade em geral;

Considerando, finalmente, a evidência científica suficiente para apresentar este documento intitulado "Carta da Água?:

Propõem a integração de esforços dos países representados neste encontro, que sentem o dever de recomendar mudança de atitude e de postura de vida em face do uso da água potável com destino prioritário ao consumo humano;

Ser essencial introduzir no ensino de todos os níveis a Educação Ambiental, onde se situe a água como fundamental à sobrevivência humana;

Conclamam ações dos governos para o acesso à água potável a todas as populações dos Países representados neste encontro como compromisso à sobrevivência dos seres humanos;

Conclamam, aos Poderes Legislativos dos Países aqui representados, a elaboração de Leis que sejam respeitadas para o Direito à vida que requer água potável em qualidade e quantidade suficientes;

Conclamam que o Poder Judiciário garanta o direito à água em todas as dimensões consideradas;

Decidem convocar as Academias e Órgãos Representativos das profissões vinculadas à questão da água para esforço conjunto de soluções técnicas que permitam o equacionamento vital do uso da água para o consumo humano;

Que os resultados deste importante encontro sejam levados à mídia, convocando-a a unir-se aos esforços ora desencadeados pelas Academias do Cone-Sul expressando a inteira solidariedade com os grupos sociais desamparados quanto ao acesso à água potável.

Reiterar o pacto das Academias realizadoras deste evento e mantê-las unidas e mobilizadas pela realização efetiva do acesso universal à água em qualidade, em respeito à dignidade da pessoa humana.

Este documento, intitulado "Carta da Água?, deverá ser levado ao conhecimento dos Poderes Executivo, Legislativo e Judiciário dos Países aqui representados, constituindo manifestação de profundo respeito à vida humana, compromisso fundamental dos seus integrantes.

Rio de Janeiro, 19 de junho de 2015


PIETRO NOVELLINO

PRESIDENTE DA ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA DO BRASIL

ALCIR VICENTE VISELA CHÁCAR

PRESIDENTE DA ACADEMIA DE MEDICINA DO ESTADO DO RIO DE  

JANEIRO

ROBERTO PRADIER

PRESIDENTE DA ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA DE BUENOS AIRES

RODOLFO ARMAS MERINO

PRESIDENTE DA ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA DO CHILE

ACADÊMICO FRANCISCO SANTA-CRUZ, REPRESENTANDO O ACADÊMICO PRESIDENTE RICARDO MORENO-AZORERO

ACADEMIA NACIONAL  DE MEDICINA DO PARAGUAI

ACADÊMICO CARLOS SALVERAGLIO, REPRESENTANDO O ACADÊMICO PRESIDENTE GUIDO BERRO

ACADEMIA NACIONAL DE MEDICINA DO URUGUAI




"Acceso al agua potable?  o "Carta del agua?  



Los integrantes del 1º Congreso Sudamericano de las Academias de Medicina Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay y IV Cónclave Médico Brasil-Argentina, reunidos durante los días 18 y 19 de junio de 2015 en la sede de la Academia Nacional de Medicina de Brasil junto con la Academia de Medicina del Estado de Río de Janeiro, desean exponer y, finalmente, presentar propuestas y sugerencias para lograr la equidad con el  "Desafío de la oferta de agua potable en el siglo XXI?.


Considerando que el agua es esencial para la vida humana, y el destino de la humanidad está vinculado al agua;


Considerando que el acceso al agua es un derecho fundamental de la persona humana y que constituye un desafío y un compromiso ético y de solidaridad de todos los gobiernos y de la sociedad en general;


Considerando, finalmente, la evidencia científica suficiente para presentar este documento titulado "Acceso al agua potable? o "Carta del agua?:


Proponen la integración de esfuerzos de los países representados en este encuentro, que sienten el deber de recomendar un cambio de actitud y de postura de vida frente al uso del agua potable con destino prioritario al consumo humano;


Será esencial introducir en la enseñanza de todos los niveles la Educación Ambiental, donde se sitúe el agua como derecho fundamental para la supervivencia humana.


Recomiendan acciones de los gobiernos para que todas las poblaciones de los países representados en este encuentro tengan acceso al agua como compromiso para la supervivencia de los seres humanos;


Recomiendan a los poderes legislativos de los países aquí representados, la elaboración de leyes que sean respetadas para el Derecho a la vida que requiere agua potable en calidad y cantidad suficientes.


Recomiendan que el poder judicial garantice el derecho al agua en todas las dimensiones consideradas;


Deciden  convocar a las academias y órganos representativos de las profesiones vinculadas a la cuestión del agua para un esfuerzo conjunto de soluciones técnicas que permitan lograr la equidad en el suministro de agua para el consumo humano;


Que los resultados de este importante encuentro sean llevados a los medios convocándolos a unirse a los esfuerzos concertados de las Academias del Cono Sur expresando la entera solidaridad con los grupos sociales desamparados  con respecto al acceso al agua potable.


Reiterar el consenso de las Academias que integraron este evento y mantenerlas unidas y atentas   a la realización efectiva del acceso universal al agua en calidad y cantidad,  por respeto a la dignidad de la persona humana.


Este documento titulado "Acceso al agua potable? o  "Carta de agua? deberá ser puesto en conocimiento de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los países aquí representados, constituyendo manifestación de profundo respeto por la vida humana, compromiso fundamental de sus integrantes.



Río de Janeiro, 19/06/2015.



Pietro Novellino

Presidente de la Academia Nacional de Medicina de Brasil


Alr Vicente Visela Chacar

Presidente de la Academia de Medicina del Estado de Río de Janeiro


Roberto Pradier

Presidente de la Academia Nacional de Medicina de Buenos Aires


Rodolfo Armas Merino

Presidente de la Academia Chilena de Medicina


Académico Francisco Santa-Cruz.   En representación del Presidente Ricardo Moreno-Azorero.

Academia Nacional de Medicina del Paraguay


Académico Carlos Salveraglio.  En representación del Presidente Guido Berro

Academia Nacional de Medicina del Uruguay











Referencias bibliográficas


Lista de documentos que tipifican el Derecho al agua y al saneamiento


ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS


  • Organización Panamericana de la Salud. Agua y Saneamiento. Evidencias para políticas públicas con enfoque en derechos humanos y resultados en salud pública. Washington DC, 2011. Disponible en http://www.paho.org/tierra/images/pdf/agua_y_saneamiento_web.pdf

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos. Asamblea General de las Naciones Unidas, 10 de diciembre de 1948. Artículo 25.

  • Declaración de los Derechos del Niño.  Asamblea General de las Naciones Unidas, 20 de noviembre de 1959.  Principio 4.

  • Resolución 1803 (XVII) de la Asamblea General, "Soberanía permanente sobre los recursos naturales".  14 de diciembre de 1962.

  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Asamblea General de las Naciones Unidas, 16 de diciembre de 1966.  Artículos 1, 11 y 12.

  • Declaración Universal sobre la Erradicación del Hambre y la Malnutrición. Asamblea General de las Naciones Unidas, 16 de noviembre de 1974. Párrafos 5, 9 y 10.

  • Protocolo Adicional I, de 1977 en  los artículos 54 y 55 del Protocolo Adicional I, de 1977.

  • Protocolo Adicional II, de 1977 en los artículos 5 y 14.

  • Convención sobre la Eliminación de  todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. Asamblea General de las Naciones Unidas, 18 de diciembre de 1979. Artículo 14, párrafo 2, apartado h).

  • Convención de los Derechos del Niño. Asamblea General de las Naciones Unidas, 20 de noviembre de 1989. Artículo 24.

  • Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo ?OIT-) del año 1989.

  • Preámbulo de la Declaración de Mar del Plata de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Agua de 1977.

  • Párrafo 18.47 del Programa 21, en Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992 (A/CONF.151/26/Rev.1 (Vol. I y Vol. I/Corr.1, Vol. II, Vol. III y Vol. III/Corr.1) (publicación de las Naciones Unidas, Nº de venta: S.93.I.8), vol. I: resoluciones adoptadas por la Conferencia, resolución 1, anexo II.

  • La Declaración y Programa de Acción de Viena, aprobada por la Asamblea General de las NU en Julio de 1993.

  • Principio Nº 3 de la Declaración de Dublín sobre el Agua y el Desarrollo Sostenible, Conferencia Internacional sobre el Agua y el Medio Ambiente (A/CONF.151/PC/112);

  • Principio Nº 2 del Programa de Acción, en Informe de la Conferencia Internacional de las Naciones Unidas sobre la Población y el Desarrollo, El Cairo, 5 a 13 de septiembre de 1994 (publicación de las Naciones Unidas, Nº de venta: S.95.XIII.18), cap. I, resolución 1, anexo.

  • Principios Rectores de los Desplazamientos Internos.  Comisión de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 11 de febrero de 1998. Principio 18.

  • Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Observación general Nº 12 (1999) El derecho a una alimentación adecuada.

  • Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Observación general Nº 14 (2000) El derecho al disfrute del más alto nivel de salud.

  • Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Observación general Nº 15 (2002) El derecho al  agua (artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales).

  • La Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas, Resolución aprobada por la Asamblea General, 13 de septiembre de 2007.


ENCÍCLICA PAPAL



LITERATURA CIENTIFICA


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